Un túnel corresponde a un tramo de vía cubierto. En principio, para iluminar estas vías cubiertas en horarios nocturnos, se podrían considerar las metodologías de cálculo (CIE 140:2019) y los requisitos (CIE 115:2010) necesarios para el alumbrado del sistema vial; sin embargo, la visibilidad de estas vías se complica en horas diurnas donde la propia cubierta genera diferencias de luminancias sobre la visibilidad de la calzada entre el exterior y el interior del túnel.
Los requisitos para iluminación de túneles y pasos subterráneos varían a medida que el observador se acerca al portal de entrada.
Ver totalmente la salida por parte del conductor cuando este se aproxima, depende, principalmente de la longitud del túnel (medido a lo largo de su eje), así como también de parámetros como ancho, altura, curvaturas horizontales y/o verticales.
Algunos túneles y pasos subterráneos, donde los conductores no pueden ver la salida frente al túnel, necesitan tener iluminación en horarios diurnos, incluso si su longitud aparenta un túnel corto.
Estos túneles se designan como «túneles ópticamente largos», a diferencia de aquellos en los que el observador que se aproxima puede ver a través del túnel («túneles ópticamente cortos»).
La figura 4.1. de la CIE 88:2004
Para realizar una primera aproximación y determinar si un túnel o paso subterráneo requiere iluminación diurna, se puede aplicar la Fig. 4.1. de la CIE 88:2004, la cual de una manera sencilla determina la exigencia de alumbrado en horas adicionales a las nocturnas:
Centrándonos en los modelos actuales de ciudad, las soluciones de movilidad están orientadas a pasos subterráneos (deprimidos), y por tanto del anterior diagrama de flujo aplicado al diseño de estos espacios en los centros urbanos, podemos concluir lo siguiente:
- Todo paso subterráneo inferior a 25m no requiere alumbrado en horario diurno.
- Todo túnel o paso subterráneo entre 25m a 75m puede tener dos casos, el primero es requerir el 50% de iluminación diurna normal en la zona umbral de acuerdo a lo recomendado por la publicación técnica CIE 88:2004, y el otro casos es no necesitar iluminación diurna.
- Para longitudes de túnel de hasta 75m donde no se recomienda la iluminación diurna, se debe prever en horarios diurnos un nivel de iluminación se encuentre entre 3cd/m² a 6cd/m² a lo largo túnel.
- Todo túnel o paso subterráneo entre 75m a 125m puede tener dos casos, el primero es requerir iluminación diurna normal en la zona umbral, el segundo caso es que se pueda necesitar solo el 50% de iluminación diurna normal en la zona umbral, ambos casos de acuerdo a lo recomendado por la publicación técnica CIE 88:2004.
- Todo túnel superior a 125m requiere (sí o sí) iluminación diurna normal en la zona umbral y deberá realizarse el diseño de alumbrado de acuerdo a lo recomendado por la publicación técnica CIE 88:2004.
La zona umbral corresponde a la primera parte interna del túnel o paso subterraneo, directamente después del portal de ingreso.
La metodológica propuesta por la CIE es práctica y funcional, sin embargo debe realizarse con el grado de responsabilidad que merece.
Fuentes:
– CIE 088-1990 Guide for the Lighting of Road Tunnels and Underpasses